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CAPACITACION EN COSTOS Y GESTION

El triste rol de Chile en la cadena del narcotráfico

Lo llamaban el "Pablo Escobar boliviano" por su habilidad para cambiar de identidad, escabullirse de la policía e ingresar en su país toneladas de químicos para elaborar cocaína. Sólo desde Chile exportó ilegalmente 14 toneladas entre acetona, ácido sulfúrico y clorhídrico, por contar lo que se ha confirmado. Sin embargo, la suerte de Edwin Choque Mamani o Eddy Calisaya, como también se hacía llamar, cambió el 23 de marzo pasado. Ese día, Investigaciones lo detuvo en un céntrico lugar de Iquique. Justo cuando se preparaba para un nuevo envío a Bolivia.

Por donde se la mire, la Operación Choque fue un éxito. Logró capturar a uno de los cerebros de la droga regional y desarticular su red. Pero también dejó un sabor amargo: nuevamente evidenció el rol que está jugando Chile en el narcotráfico.

Porque si bien nuestro país no es un "productor" de droga, se ha convertido en uno de los proveedores de los químicos con que se fabrica la cocaína en la nación altiplánica. A la fecha, Investigaciones ha realizado 4 grandes operaciones; en 2000, Carabineros y la policía boliviana detuvieron a una organización que desviaba ácido sulfúrico, y es un secreto a voces que el problema está alcanzando magnitudes importantes; tanto, que el propio Departamento de Estado de EE.UU. lo alerta en su reporte 2006 sobre estupefacientes.

Lo grave es que a pesar de que el desvío de sustancias figura en la Estrategia Nacional sobre Drogas 2003-2008, el país no ha hecho lo suficiente para combatirlo. Una de las herramientas para prevenir este delito lleva más de un año y medio sin entrar en vigencia. ¿Consecuencias? Más químicos siguen saliendo ilegalmente de Chile, más droga se produce en Bolivia y más cocaína retorna a nuestro territorio.

La esencia del negocio

Para entender la profundidad del problema, basta pensar que sin químicos no hay droga. Que en Bolivia éstos escasean y que los traficantes prefieren los que provienen de nuestro país por su calidad y porque el control es menos riguroso.

Los más apetecidos son el ácido sulfúrico, clorhídrico, el éter etílico, la acetona y el permanganato de potasio. Prácticamente todos importados por empresas en Chile que los venden para usos permitidos.

Alex Schwarzenberg, jefe del Departamento de Investigación de Sustancias Químicas de Investigaciones, cuenta que es imposible cuantificar lo que se desvía desde estas firmas al narcotráfico. Pero que suele suceder "en empresas más pequeñas que los revenden".

En las operaciones se ha detectado que las ventas ocurren en Santiago, donde se concentra el 90% de las firmas químicas del país. Y que se utilizan dos modus operandis. En uno de ellos, la empresa vende los productos a un palo blanco sabiendo que serán utilizados en drogas. Juntos les cambian los rótulos y se las ingenian para transportarlos ocultos en camiones o en autos con familias, a través de la frontera en Arica, Iquique o San Pedro de Atacama. En el segundo caso, el palo blanco burla los controles de las firmas y adquiere las sustancias como cualquier persona que las usa para fines lícitos. Los productos son transportados en camiones y cruzan la Aduana con los papeles en regla. Una vez en Bolivia se fragmentan y su precio se dispara. "Un tambor de acetona de 200 litros en Chile cuesta $150 mil. Al llegar a Bolivia, al mercado ilegal, puede alcanzar los $3 millones", añade el subcomisario.

Lo lamentable es que Chile ha facilitado que esto ocurra. En 1988, por ejemplo, la Convención de Viena de la ONU sobre el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas instó a los estados a controlar el tráfico de químicos. Sin embargo, aunque nuestro país la ratificó en 1990, sólo cinco años después lo incorporó como un tipo penal. Y el grueso de las operaciones exitosas ocurrieron en 2003, porque se trataba de un delito difícil de detectar y hubo que capacitar a los policías.

A esto se suma que hasta 2005 la legislación no establecía ningún mecanismo de control administrativo para quienes manejaban estas sustancias. Ninguna empresa tenía la obligación de llevar un inventario de las personas a las cuales les vendía, en qué cantidades y para qué fines. Menos de informar sobre una operación sospechosa. "Apelábamos a la conciencia de los empresarios", dice Schwarzenberg.

En febrero de 2005, con la publicación de la ley 20.000 (ver recuadro) se intentó solucionar este vacío. La normativa ordenó la creación de un registro de todas las firmas que requieren manejar sustancias susceptibles de ser usadas en drogas, lo que recayó en el Ministerio del Interior. Y obligó a las empresas a llevar un catastro de los compradores y los movimientos de las sustancias, entre otras cosas. En palabras simples, creó la herramienta que se esperaba.

"El registro es relevante, porque permitirá tener información y detectar temprano conductas irregulares de ciertos usuarios", explica Sylvia Delgado, directora de la Unidad Especializada de Tráfico Ilícito de drogas de la Fiscalía Nacional. "Permitirá monitorear el movimiento de un producto", añade Schwarzenberg.

Sin embargo, a pesar de que la ley entró en vigencia hace 19 meses, el mencionado registro todavía no opera. Un hecho que para los entendidos "no tiene explicación", como dice el senador Jaime Orpis. "Cuando hay conciencia de un tema prioritario, uno se esmera por implementar la norma expeditamente", acusa.

En el Consejo Nacional para el Control de Estupefacientes admiten el retraso. "Una serie de consultas técnicas han hecho el proceso más demoroso de lo que queríamos. El reglamento fue elaborado por Conace con consultas a expertos", aclara Álvaro Ahumada, jefe de control de la entidad. El funcionario precisa que el registro está en tramitación en la Contraloría y que una vez "aprobado entra en funcionamiento". Pero, ¿cuándo sucederá? "No lo sabemos, depende de Contraloría", dice Ahumada.

De lo que no hay duda es que por mucho tiempo sí dependió del gobierno. Y que mientras sucedía, probablemente varios Edwin Choque usaban al país como paraíso de los químicos para la cocaína.

Un tambor de acetona cuesta en Chile $150 mil. En el mercado ilegal boliviano puede llegar a los $3 millones.

La autorregulación

Para la mayoría de las empresas químicas tampoco ha sido fácil trabajar con sustancias complejas sin un marco de regulación. En la industria reconocen que están expuestos a vender engañados y que la ley no permite negarle la compra a un cliente. "Cuando hay sospechas, hay que buscar excusas", comentan.

Para no verse involucrados en ningún caso, algunos han optado por autorregularse. Un ejemplo es el de 32 compañías de la Asociación Gremial de Industriales Químicos, que en 2002 firmaron un convenio voluntario con Conace. A través de éste, exigen a sus clientes declaraciones de destino y uso final de las sustancias, los individualizan -con nombre, rut, giro- y mantienen una carpeta de cada uno de ellos, donde se registran todas las ventas que les realizan.

Lo que dice la ley...

El delito de tráfico de precursores y sustancias químicas esenciales fue incluido por primera vez en la Ley 19.366 de 1995, la cual sancionaba a los que producían, fabricaban, distribuían, transportaban, comercializaban, importaban, exportaban, poseían o tenían dichos químicos a sabiendas de que su finalidad era la preparación de drogas.

En febrero de 2005, la normativa fue reemplazada por la nueva Ley de Drogas o Ley 20.000, más rigurosa. Entre otras cosas, porque "desaparece la expresión a sabiendas y se dice que las personas deben actuar con el objetivo de destinar estas sustancias a la preparación de estupefacientes para ejecutar dentro o fuera de Chile algunos de los hechos considerados delitos en la nueva ley", explica la fiscal Delgado. Y también porque sanciona a los que "actúan con negligencia inexcusable y se dicen no conocedores del destino de las sustancias", añade. La normativa establece un inédito sistema de control administrativo para quienes manejan estos químicos. Ordena que todas las personas naturales o jurídicas que produzcan, fabriquen, preparen, importen o exporten los precursores o sustancias químicas determinadas por la autoridad en un listado, deben inscribirse en un registro que creará el Ministerio del Interior. Que para ello deben cumplir requisitos, como no estar formalizados por ninguna investigación. Además de obligarlos a mantener un inventario, relación completa y movimientos de los productos, comunicar con antelación sus importaciones o exportaciones e informar sobre las operaciones sobre las cuales tienen certeza o indicio de que se trata de un desvío al narcotráfico.

Daniela Santelices, El Mercurio

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